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Última actualización

Lunes 09 de Septiembre de 2024.

Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas del organismo respectivo

Potestades, Competencias, Responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas

Fuente Legal

Fecha de Publicación en el Diario Oficial

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La Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación es una Institución de Educación Superior cuyos fines esenciales son el cultivo, transmisión e incremento del saber. Artículo 1º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
Su campo especial de atención es la Docencia, la Investigación y la Extensión de las disciplinas relacionadas con la Educación y la cultura Artículo 1º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
Sus funciones en Docencia, son: Impartir enseñanza conducente a grados académicos y títulos profesionales; dictar cursos de especialización o perfeccionamiento, de extensión, de actualización y otros; y expedir los diplomas, títulos y certificados que correspondan. Artículo 3º letra a) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
En Investigación, son: Promover la creación, preservación y transmisión del saber universal y el cultivo de las artes. Artículo 3º letra b) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
En Extensión, son: Proyectar la actividad académica tanto al interior como al exterior de la Corporación, procurando enriquecer recíprocamente, a través de esta relación, a la Universidad y a la Comunidad regional y nacional, estableciendo, además, vínculos con instituciones de enseñanza superior del país y del extranjero. Artículo 3º letra c) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
La Universidad puede establecer otros organismos académicos que permitan alcanzar los objetivos específicos comprendidos en las políticas institucionales. Artículo 4º inciso segundo del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
La Universidad podrá contratar personas, determinar sus honorarios y remuneraciones y establecer las condiciones de sus servicios. Artículo 52º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha
Podrá celebrar contratos relativos a cualquier tipo de bienes y servicios con el propósito de promover sus fines y objetivos Artículo 59º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 27/05/1986 Estatuto administrativo de la Universidad de Playa Ancha