En una nueva demostración de participación y democracia, la comunidad de la Universidad de Playa Ancha eligió hoy a sus representantes en el Consejo Superior, el primer órgano de esta naturaleza que tendrá la universidad en sus más de 76 años.
Los resultados, según certificó la secretaria general María Soledad Hochstetter, dieron como elegidos a los siguientes representantes de cada estamento:
Estudiantil: Oscar Romero Coiro (estudiante de Derecho)
Académico: Marco Muñoz del Campo (Facultad de Arte) y Maribel Ramos Hernández (Facultad de Ciencias Sociales)
Administrativo: José Luis Carrasco Ravanal (Unidad de Programación Académica, dependiente de la Dirección General de Pregrado)
Los nuevos consejeros y consejera permanecerán dos años en sus cargos, con posibilidad de reelección para un periodo consecutivo, por una sola vez.
Conformación y funciones
El nuevo Estatuto Orgánico define al Consejo Superior como “el máximo órgano colegiado de la Universidad de Playa Ancha, correspondiéndole la definición de la política general de desarrollo y las decisiones estratégicas de la institución, velando por su cumplimiento, de conformidad a la misión, principios y funciones de la Universidad”.
Aparte de las cuatro personas elegidas en el proceso desarrollado hoy, este cuerpo también estará integrado por: el rector de la universidad, tres representantes del Presidente de la República, quienes deberán ser personas tituladas o licenciadas “de reconocida experiencia en actividades académicas o directivas” y un egresado o egresada de la UPLA de “reconocido vínculo profesional” con la región de Valparaíso. Esta última persona será nombrada por el Senado Universitario a partir de una terna propuesta por el Gobierno Regional.
Además, en sus sesiones podrán participar otras personas solamente con derecho a voz: el o la titular de la Contraloría Universitaria y representantes de las asociaciones de funcionarios, de académicos y de estudiantes.
Algunas funciones del Consejo Superior serán: aprobar las propuestas de modificación de los estatutos de la universidad, el Plan de Desarrollo Institucional, las políticas financieras y la contratación de empréstitos, el presupuesto y sus modificaciones; y proponer al Presidente de la República la remoción del rector o rectora cuando se cumplan las causales legales.