Comienza la implementación de la Ley Karin en la UPLA

Comienza la implementación de la Ley Karin en la UPLAFueron diversas las instancias de socialización que tuvo la Ley 21.643 sobre prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo al interior de la Universidad de Playa Ancha.

Se trató de charlas, reuniones y capacitaciones organizadas en los campus Valparaíso y San Felipe por el equipo de Rectoría, las distintas Facultades, la Dirección de Administración de Recursos Humanos, el Comité Bipartito de Capacitación y la Dirección de Equidad e Igualdad de Género.

Ésta última, junto a la Comisión de Género del Consejo de Rectores de la Región de Valparaíso impulsaron un conversatorio sobre la temática (revisar nota aquí), que fue el principal hito de presentación de esta normativa en la región y que contó con la participación de la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello; a la presidenta del Tribunal Constitucional, Daniela Marzi Muñoz; y a la encargada de Género del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Karen Mejías.

En dicho encuentro el rector de la Universidad de Playa Ancha, Carlos González Morales, adelantaba cómo la institución trabajaría en el aseguramiento de espacios libres de violencia y de acoso sexual y laboral.

Una de esas acciones es el Decreto Exento Nº 1106/2024 que promulgó el “Protocolo para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia en el trabajo y el acoso laboral en la UPLA” que se sustenta en ocho principios:

  • Respeto a la vida e integridad física y psíquica de trabajadores y trabajadoras como un derecho fundamental,
  • Desarrollo de un enfoque preventivo de la seguridad y salud en el trabajo, a través de la gestión de los riesgos en los entornos de trabajo,
  • Equidad de género y diversidad,
  • Universidad e inclusión,
  • Participación y diálogo social,
  • Mejora continua,
  • Responsabilidad en la gestión de los riesgos y
  • Tolerancia cero.

En este contexto, se definen también derechos y deberes entre integrantes de la comunidad académica y funcionaria con la universidad y viceversa, que tienen que ver con propiciar ambientes laborales libres de acoso y violencia, cumplir con normativas de seguridad y salud en el trabajo, cooperar en la investigación de casos de acoso o violencia cuando le sea requerido y mantener confidencialidad de la información, entre otros puntos.

Por su parte la UPLA se compromete, entre otras acciones, a generar medidas preventivas para evitar la violencia y el acoso, incluyendo las acaecidas por razón de género, informar los mecanismos para la recepción de denuncias y de prestaciones en materia de seguridad social; y asegurar la confidencialidad de la denuncia y su investigación así como también que no habrá revictimización y estarán protegidos contra represalias.

Cabe destacar que este protocolo será revisado cada dos años.

“Primera acogida”

Si bien se espera que el diálogo respetuoso sea el mecanismo más utilizado para resolver los conflictos al interior de los espacios laborales, habrá una Comisión Técnica Profesional para el Bienestar del Personal que intervendrá -inicialmente- frente a presuntas situaciones constitutivas de acoso y/o violencia laboral.

Dicha Comisión, estará integrada por el psicólogo Antoinne Wong Aedo y la asistente social María José Maturana Otey, quienes dependerán de la Dirección de Administración de Recursos Humanos, que dirige Helen Espinoza Almonacid.

Su rol es reunir antecedentes y evaluar la pertinencia del procedimiento a aplicar, para ello contarán con 10 días hábiles para determinar si procede una intervención mediadora.

En el caso que la persona afectada no quiera realizar un proceso de mediación, o no sea posible, se frustre o no se cumplan los acuerdos alcanzados (detallados en acta), el trabajador o trabajadora podrá efectuar la denuncia ante esta Comisión para ser remitida al Rector dentro de las 24 horas desde su recepción, a fin de que evalúe la pertinencia de iniciar o no un procedimiento disciplinario.

Quienes quieran solicitar una intervención de la Comisión Técnica Profesional para el Bienestar del Personal deberán completar el siguiente formulario y enviarlo al correo electrónico a.laboral@upla.cl

Documentos importantes
  • Decreto Exento Nº 1106/2024 que aprueba “Protocolo para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia en el trabajo y el acoso laboral en la UPLA”.
  • Formulario de solicitud de Primera Acogida en el marco del Protocolo para prevenir investigar, sancionar y reparar la violencia en el trabajo y el acoso laboral en la Universidad de Playa Ancha.

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