Bases del concurso público para proveer cargos académicos en calidad de contrata para la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Playa Ancha

Vista la necesidad de llamar a concurso público para proveer cargos de académicos para la Universidad de Playa Ancha (UPLA), en su Facultad de Ingeniería y lo dispuesto en el inciso 2º artículo 1º de la Ley 18.434, D.F.L. Nº 2 de 1986 del Ministerio de Educación, Ley Nº 20.422, Decreto Nº 238/2012 y Decreto Exento N° 0776/2021, ambos de Rectoría; y Decreto Exento RA Nro. 396/09/2021 de la Contraloría Regional de Valparaíso, se aprobaron las bases el concurso para proveer cargos académicos en calidad de contrata para la Facultad de Ingeniería de la UPLA según el siguiente detalle:

Facultad de Ingeniería Jornadas
Completa Media 12 horas 6 horas
Departamento de Ciencias de la Ingeniería para la Sostenibilidad 0 2 0 0
Departamento de Ingeniería Industrial y Gestión Organizacional 3 1 0 0
Departamento de Ciencias de Datos e Informática 1 1 0 0

El presente concurso se regirá en todo caso, por las normas legales aplicables en la especie, por lo dispuesto en el Reglamento de Concursos del Personal Académico de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación aprobado por Decreto Nº 238/2012 de Rectoría (https://www.upla.cl/portada/inicio/#convocatorias).

Para efectos de agilización del proceso de los concursos públicos de los/as académicos/as, en el entendido que implican la revisión de documentación, podría establecerse entonces un funcionamiento de manera presencial y/o virtual de la respectiva Comisión de Evaluación, dependiendo de las condiciones del contexto.

Los/as postulantes que se incorporan a este proceso aceptan someterse a todos los sistemas de evaluación, calificación e instrumentos que se estimen pertinentes para constatar sus competencias y experiencia para la plaza postulada.

1. Consideraciones generales

Las Bases y su respectivo formulario de postulación se encontrarán disponibles para descargarlos desde el sitio web de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, a contar del 20 de septiembre de 2022, entendiéndose plenamente conocidas por todos los postulantes (https://www.upla.cl/portada/inicio/#convocatorias).

La Universidad declara como deseable alcanzar la equidad de género, por lo que, en el presente concurso, se propenderá a la elección de hombres y mujeres en la misma proporción, y en la medida que las postulaciones y sus antecedentes lo permitan.

Además, en este concurso, como en todos sus procesos relacionados, se tendrá en especial consideración la Ley Nº 20.422, del Ministerio de Planificación, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

2. De las condiciones de contratación

Nombramiento en contrata desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023, sujeto a evaluación para la renovación del contrato, según las condiciones y plazos establecidos en la normativa interna de la Universidad.

  • Disponibilidad para asumir la plaza a partir del 01 de enero de 2023 de manera presencial y/o virtual.
  • Renta: La Comisión de Evaluación de la Facultad propondrá el grado en que será incorporado preliminarmente el académico seleccionado, de acuerdo con los antecedentes presentados. Una vez que haya aceptado el cargo, el académico deberá realizar su solicitud de jerarquización conforme a la normativa interna, en un plazo máximo de 180 días hábiles, cuyo resultado permitirá ubicarlo en una de las jerarquías siguientes: Profesor Titular (grados 1, 2 y 3), Profesor Asociado (grados 4, 5 y 6), Profesor Asistente (grados 7, 8 y 9) o Profesor Instructor (grados 10, 11 y 12). La jerarquía obtenida permitirá fijar la remuneración que percibirá el académico/a, pudiendo esta variar con respecto a la preliminarmente determinada, si hubiera cambio de grado.
  • El académico que no presente sus antecedentes ante la Comisión de Evaluación de la Facultad, para ser evaluado, dentro del plazo de los 180 días hábiles ya señalados, procederá a ser ubicado en el último grado del escalafón académico (grado 12).
  • Quienes se adjudiquen los concursos deberán dar cumplimiento a todas las disposiciones establecidas por la normativa vigente.

3. Del perfil específico requerido

Profesionales del área con estudios en universidades nacionales acreditadas o en universidades extranjeras vinculados a su área de postulación.

  • Profesionales afines según perfiles específicos.
  • Profesionales con experiencia profesional/docencia y/o investigación.

Los/as postulantes deberán realizar docencia de pregrado, de acuerdo con lo que se indica para cada cargo. Asimismo, deberán contribuir al mejoramiento continuo de la disciplina para la docencia como también participar en los procesos de acreditación de las carreras, desarrollo de la investigación, vinculación con el medio entre otros.

Los/as académicos/as que postulen deberán cumplir con los requisitos para ingresar a la Administración del Estado, señalados en el artículo 12º y 13º del Estatuto Administrativo y en el artículo 7º del Reglamento de Concursos del Personal Académico de la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación, aprobado por Decreto N° 238 de 2012 de Rectoría, así como los específicos para cada cargo que se convoca (https://www.upla.cl/portada/inicio/#convocatorias).

4. Requisitos generales de postulación

  1. Ser ciudadano chileno. No obstante, en casos de excepción determinados por el Rector podrá designarse en contrata a profesores extranjeros. Dicha circunstancia será resuelta por el Rector, mediante acto administrativo fundado.
  2. Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización, cuando fuese procedente.
  3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  4. Poseer el nivel de competencia, título profesional o técnico, grado académico y/o postgrado que por la naturaleza del cargo se debe exigir. Este debe ser de una universidad acreditada o de universidades extranjeras vinculado a su área de postulación.
  5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones.
  6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.

Para los efectos del concurso, los requisitos generales de postulación establecidos supra, podrán acreditarse de la siguiente forma:

  • El requisito contenido en la letra a) del presente numeral, deberá ser acreditado mediante fotocopia de cédula de identidad, por ambos lados, legalizada ante notario o mediante declaración jurada notarial.
  • Los requisitos establecidos en las letras b) y d) del presente numeral, serán acreditados por el postulante con certificados legalizados ante notario, en los términos y en la oportunidad que más adelante se indican. Cabe señalar que no será necesario legalizar aquellos documentos en su ejemplar original y/o que contengan firma electrónica avanzada (con código de verificación).
  • Asimismo, los contemplados en las letras c), e) y f) de este mismo artículo, serán acreditados mediante declaración jurada simple del postulante (Anexo N° 1). La falsedad de esta declaración hará incurrir en las penas del artículo 210 del Código Penal. Esta declaración jurada es sin perjuicio de aquella relacionada con las inhabilidades de ingreso a la Administración, contenidas en el artículo 56 de la Ley N° 18.575 (Anexo N° 1).

En relación con la contratación de personas extranjeras, por parte de esta Casa de Estudios, cualquiera sea la modalidad que se utilice al efecto, requerirá que se acredite, mediante la respectiva VISA o permiso respectivo, que se encuentran debidamente autorizados o habilitados para trabajar en nuestro país. Todo lo anterior, con el fin de dar cumplimiento, principalmente, a las disposiciones contenidas en la Ley Nro. 21.325 de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Ley de Migración y Extranjería, y otras normas que rigen la materia.

En el caso de postulaciones de profesionales extranjeros se requiere de la validación de títulos y grados extranjeros mediante convenios vigentes con Chile, en el caso que corresponda:

  • Reconocimiento mediante convenio por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. (Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú y Uruguay).
  • Reconocimiento mediante convenio por el Ministerio de Educación de Chile.
  • Revalidación o reconocimiento mediante la Universidad de Chile, para todos aquellos títulos y grados obtenidos en el extranjero que no apliquen a un convenio actual con Chile.

Más información sobre el proceso de postulación, documentación requerida y selección de cargos en las bases del concurso, disponibles para su descarga en este enlace.

Formularios

Se enfatiza en que el período de postulación vence el viernes 14 de octubre de 2022.

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